24/06/2015
El autor de la obra presentada al Premio se obliga a mantener totalmente indemne a Destino por cuantos daños y/o perjuicios pudiera ésta sufrir como consecuencia de la inexactitud o falta de veracidad de cualesquiera de las manifestaciones indicadas anteriormente y realizadas por el autor en el momento de la presentación de la obra.
La declaración establecida en esta condición número 7 deberá incluirse en el sobre que contenga la obra y, para el caso de las obras presentadas bajo seudónimo, en el sobre aparte donde se detallen el nombre, documento nacional de identidad o pasaporte y domicilio del autor. La presentación de la obra al Premio bajo seudónimo se efectúa a los solos efectos del desarrollo del concurso hasta su fallo.
Destino podrá efectuar la explotación de los derechos sobre la obra galardonada directamente por sí misma o suscribir, con cualquier otra compañía de su grupo empresarial o con terceros, en exclusiva o no, los acuerdos que resulten precisos para posibilitar la mejor explotación y ejecución de aquéllos y en las diversas modalidades, tanto en España como en el extranjero.
El autor galardonado se obliga a suscribir el contrato o contratos de edición, de cesión de los derechos de explotación sobre las obras premiadas, y demás documentos que sean precisos para formalizar oportunamente dichas cesiones.
Destino podrá efectuar una primera edición de la novela galardonada con la tirada de ejemplares que libremente decida. Las ediciones sucesivas que sigan a la primera se efectuarán con las tiradas que libremente decida el editor. La decisión acerca de la modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de distribución comercial corresponderá única y exclusivamente al editor.
El autor no devengará por ningún concepto otra cantidad distinta que la percibida como premio, que tendrá a efectos del contrato el carácter de anticipo, hasta su total amortización.
Una vez amortizado el anticipo, Destino satisfará al autor por la venta de ejemplares el diez por ciento (10%) en las ediciones tipo tapa dura o flexible y/o rústica, el seis por ciento (6%) en las ediciones de bolsillo y el cinco por ciento (5%) en las restantes modalidades. Estos porcentajes se calcularán sobre el precio de venta al público sin IVA de los ejemplares vendidos de las distintas ediciones. En el caso de que la explotación de los derechos se lleve a cabo por medio de terceros, la remuneración de los autores será el sesenta por ciento (60%) de los ingresos netos que obtenga Destino. En el caso de la publicación de la obra en formato de libro electrónico, el autor recibirá, en concepto de regalía, el veinticinco por ciento (25%) sobre ingreso neto del editor, es decir, ingreso después de aplicar los descuentos al distribuidor.
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