22/04/2015
El Ministerio de Cultura de acuerdo a la Ley N° 29565, tiene entre sus funciones convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país.
En ese sentido, por Resolución Ministerial N° 175-2013-MC del 19 de junio de 2013, se institucionalizó el Concurso Nacional "Nueva Dramaturgia Peruana" , el cual constituye un espacio de promoción cultural y estímulo para la creatividad artística, que busca fomentar la creación de nuevas obras teatrales y la difusión de la nueva dramaturgia.
En este camino, el Ministerio de Cultura realiza el presente Concurso, con el apoyo del Banco de la Nación, conforme detalla el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional suscrito con dicha institución.
El Ministerio de Cultura viene elaborando un Plan de Fomento de las Artes Escénicas con el propósito de generar nuevas y mejores oportunidades para los profesionales del sector, así como acercar la diversidad de expresiones de las artes escénicas a nuevos públicos, buscando visibilizar y difundir las propuestas de creadores escénicos peruanos tanto a nivel nacional como internacional.
En este contexto, el Ministerio de Cultura presenta el Concurso Nacional "Nueva Dramaturgia Peruana" - Versión 2015, en adelante el Concurso, primera versión de esta importante plataforma para la creación y promoción de la dramaturgia peruana.
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.
Como reconocimiento, el Ministerio de Cultura publicará una antología que contendrá las tres (03) obras teatrales ganadoras en la categoría “Teatro para adultos”, y las tres (03) obras teatrales ganadoras en la categoría “Teatro para niños y adolescentes”. Las obras teatrales ganadoras que obtengan el Primer Puesto en cada una de las categorías, serán reconocidas, además, con su puesta en escena.
Los miembros del Comité Técnico de Revisión son designados por resolución de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes. Dicho Comité está integrado por 03 (tres) miembros titulares y sus respectivos suplentes, uno de los cuales la presidirá. Dicha resolución será publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe/dramaturgia) antes de la fecha de inicio de presentación de los expedientes.
Una vez culminada su labor, remitirá las obras teatrales declaradas aptas al Jurado Calificador de cada categoría para su evaluación y calificación, conforme prevén las presentes bases.
Los miembros del Jurado de cada categoría son designados por Resolución Directoral de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; cada Jurado Calificador está integrado por 03 (tres) miembros titulares, uno de los cuales lo presidirá. Dicha Resolución será publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe/dramaturgia) antes de la fecha de inicio de presentación de los expedientes.
Si alguno de los miembros del Jurado Calificador de una de las categorías, no pudiera participar, comunicará dicho hecho por escrito a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes con la finalidad de que se pueda designar su reemplazo a la brevedad, mediante la emisión de una nueva resolución directoral.
Jurado Calificador es autónomo y toma sus decisiones por mayoría simple. Su decisión es inapelable.
Para efectos de formalizar el compromiso de los ganadores, los autores deberán suscribir la cesión de derechos patrimoniales de autor a favor del Ministerio de Cultura, que consta en los Anexos N° 7 y N° 8.
Así también, se comprometen a recibir una asesoría en dramaturgia, previa a la publicación de las obras.
En el caso de la obra que obtenga el Primer Puesto, la cantidad indicada incluirá los derechos para la puesta en escena por el Ministerio de Cultura.
En caso de comprobarse fraude o falsedad en la declaración, información o en la documentación presentada por los autores de las obras ganadoras del Concurso, el Ministerio considerará no satisfechas las exigencias antes descritas para todos sus efectos, procediendo a comunicar el hecho a la autoridad competente para que tome las acciones administrativas a que hubiere lugar y, además, si la conducta se adecua a los supuestos previstos en el Título XIX Delitos contra la Fe Pública, del Código Penal, esta deberá ser comunicada a la Procuraduría Pública para que interponga la acción penal correspondiente, tal y como lo establece el numeral 32.3 del Artículo 32° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Las etapas del Concurso comprenden:
El Concurso será convocado a nivel nacional. La convocatoria y las bases serán publicadas en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe/dramaturgia), así como a través de otros mecanismos de difusión y atención de consultas. Versiones impresas de las bases del Concurso también estarán a disposición en la Mesa de Partes de la sede central, así como en las Mesas de Partes de las Direcciones Desconcentradas de Cultura (Anexo N° 9).
La parte exterior del sobre debe rotularse de la siguiente forma:
Concurso Nacional "Nueva Dramaturgia Peruana" - Versión 2015
Categoría
Título de la obra:
Seudónimo:
Los anexos N° 1 y N° 2 podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo ser legible su contenido.
La Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura declarará las obras teatrales ganadoras del Concurso mediante Resolución Directoral, sobre la base del "Acta Final del Concurso", la cual será publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe/ dramaturgia).
Asimismo, la referida Resolución Directoral, de manera complementaria, será notificada vía correo electrónico, dentro del plazo y con las formalidades previstas en la Ley N° 27444.
Consentida la Resolución Directoral que declare a las obras ganadoras, el Ministerio de Cultura en acto público, según cronograma establecido en las presentes bases, presentará las obras teatrales ganadoras en el Concurso y a sus respectivos autores.
En cualquier etapa del Concurso se podrá contar con la presencia de un representante del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Cultura, quien podrá participar como veedor y podrá suscribir las Actas que correspondan. La ausencia o inasistencia del mismo no viciará el Concurso.
Entidad Convocante
Nombre: Ministerio de Cultura, a través de la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes.
Convocatoria pública 25/03/2015
Formulación y absolución de consultas 25/03/2015 al 15/09/2015
Presentación de expedientes 07/09/2015 al 21/09/2015
Revisión de expedientes por parte del Comité Técnico de Revisión 22/09/2015 al 30/09/2015
Evaluación y calificación de expedientes por parte del Jurado Calificador 01/10/2015 al 16/11/2015
Declaración de ganadores 18/11/2015
Ceremonia de presentación de obras teatrales ganadoras 11/12/2015
Anexo N° 1: Solicitud de inscripción
Anexo N° 2: Ficha de la obra teatral postulada
Anexo N° 3: Acta de relación de expedientes aptos y no aptos
Anexo N° 4: Criterios de evaluación
Anexo N° 5: Acta de instalación del jurado calificador
Anexo N° 6: Acta final del jurado calificador
Anexo N° 7: Cesión de derechos primer puesto
Anexo N° 8: Cesión de derechos segundo y tercer puesto
Anexo N° 9: Directorio de las direcciones desconcentradas de cultura
Etiquetas: Banco de la Nación, dramaturgia, dramaturgia peruana, Ministerio de Cultura, Peruana

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