04/08/2013
La percepción de este premio es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Podrán plasmar, por consiguiente, creencias religiosas y profanas, rituales y celebraciones de todo tipo, expresiones musicales o de danza, juegos, deportes, procesos de socialización y aculturación de grupos o individuos, sistemas identitarios de carácter grupal o de género y edad, formas de organización social e instituciones, actividades económicas tanto de tipo productivo como de distribución o trasformación, modos de trabajo, ocupaciones y construcciones del espacio, aspectos de la alimentación y la salud, indumentarias y adornos; u otras manifestaciones culturales que contribuyan a la compresión y divulgación antropológica de la cultura de Cantabria.
Los modelos oficiales serán facilitados por el Servicio de Acción Cultural de la Dirección General de Cultura o podrán descargarse en la página institucional del Gobierno de Cantabria o en la web de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte: (www.cantabria.es, y www. culturadecantabria.com).
En el supuesto de que el interesado manifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes dentro del sobre cerrado que contenga su solicitud de participación.
El régimen jurídico de dicho órgano colegiado será el previsto con carácter general en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Los proyectos presentados serán valorados en base a los siguientes criterios:
Se reconocerá a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte el derecho de reproducción, publicación, difusión y comunicación pública de los trabajos presentados (en cualquier soporte, incluido el electrónico: CD - ROM, DVD, USB, eBook, ePub, online, etc.), durante un periodo de 3 años, informando previamente al autor de cualquier actuación al respecto. Este compromiso no implica la cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de los autores de estos trabajos.
La documentación correspondiente a los trabajos no-premiados podrá retirarse durante el mes siguiente a la resolución del procedimiento en el horario y lugar que les será comunicado.
Finalizado este plazo los trabajos pasarán a formar parte de los fondos documentales del Museo etnográfico de Cantabria.
El trabajo premiado pasará directamente a integrar los fondos documentales del Museo etnográfico de Cantabria.
Procederá la revocación del premio y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, con la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago hasta la fecha en que se reintegren voluntariamente los fondos percibidos o se acuerde por el órgano competente la procedencia del reintegro, cuando concurra cualquiera de las causas de reintegro tipificadas en el artículo 38 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
La participación en la convocatoria supone la aceptación de las presentes bases, quedando el jurado facultado para resolver cualquier cuestión no prevista en ellas.
Etiquetas: Gobierno de Cantabria, premio de ción, Patrimonio Cultural Inmaterial de Cantabria, Museo etnográfico de Cantabria

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