01/07/2013
El procedimiento de tramitación de este premio se ajustará a lo establecido en la presente orden, en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la restante normativa que resulte de aplicación.
Este premio constará de cuatro modalidades:
1.º Prensa (en esta categoría se integrarán también los trabajos de periodismo digital, humor gráfico e infografía).
2.º Radio.
3.º Televisión.
4.º Fotografía.
Los trabajos presentados quedarán en poder de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
La presente orden producirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Castilla y León". Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejero de la Presidencia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su publicación, en virtud de los dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Etiquetas: Junta de Castilla y León, premio de periodismo, Francisco de Cossío

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